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Sumario: Administración Pública. Autoridad. Bicameral. Circunscripción electoral. Boletín Oficial. Ciudadano. Coacción. Competencia. Constitución. Declaración. Democracia representativa. Derecho. Derecho Internacional. Derechos civiles y políticos. Derechos económicos, sociales y culturales. Derogación. Discriminación. Elite. Estado de derecho. Expropiación. Gobernar. Golpe de Estado. Ideología. Imprescriptible. Inalienable. Incompatibilidad. Inmunidad parlamentaria. Investidura. Inviolabilidad. Jerarquía normativa. Ley Orgánica. Mayoría absoluta. Moción. Nación. Oligarquía. Ordenamiento jurídico. Partidos políticos. Personalidad jurídica. Potestad legislativa. Prevaricación. Procedimiento. Promulgación. Provincia. Querella. Quórum. Ratificación. Régimen Republicano. Sanción. Servicio Público. Soberanía. Soberanía Nacional. Sufragio. Sufragio universal. Tributos.

DICCIONARIO DEL OPOSITOR

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Glosario de términos importantes y comunes que te ayudarán a comprender mejor la Constitución Española de 1978 y otros textos legales obligatorios para oposiciones:

Administración Pública: Es el conjunto organizado de medios humanos y materiales, estructuras y empresas a través de las cuales el Estado ejerce su función administrativa y suministra los servicios públicos. Para ello, cuenta con una burocracia, que es el conjunto de funcionarios y empleados de la Administración Pública.

Autoridad: Tiene autoridad aquella persona revestida de algún poder, mando o magistratura, que es reconocida y aceptada por los gobernados; este poder le permite dar órdenes e instrucciones a los subordinados mediante la elaboración de normas.

Bicameral: Parlamento que cuenta con dos cámaras legislativas, normalmente llamadas Congreso de los Diputados y Senado.

Circunscripción electoral: Unidades en que se divide el territorio del Estado a efectos electorales. En España, las circunscripciones electorales son la provincia (elecciones generales, autonómicas y europeas) y el municipio (elecciones municipales). De acuerdo con su volumen de población y otras consideraciones, cada circunscripción electoral provincial tiene asignados un número de Diputados y Senadores, mientras que cada circunscripción municipal tiene asignados un número determinado de Concejales.

Boletín Oficial: Publicación periódica por medio de la cual las Administraciones Públicas dan a conocer los actos de los órganos del Estado y las normas que rigen sobre cualquier materia (por ejemplo, el Boletín Oficial del Estado o el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía).

Ciudadano: Es el titular de derechos políticos dentro de un Estado, tales como el sufragio activo (derecho a votar), derecho de sufragio pasivo (derecho a ser elegido), de optar a otros cargos que no sean de elección popular que requieran la ciudadanía (funcionario público) y otros derechos que pueda otorgar el ordenamiento jurídico del Estado.

Coacción: Amenaza del empleo legítimo de la fuerza que llevan incorporadas las normas de derecho, de modo que su cumplimiento pueda exigirse a todas las personas y se garantice su eficacia.

Competencia: Ámbito de acción de los órganos de la Administración del Estado, determinada por las materias, funciones y territorio donde se ejercerá la actividad.

Constitución: Carta o Código fundamental de un Estado. En ella se contienen los principios esenciales de organización del Estado, se establecen los poderes públicos, sus titulares, sus competencias, funciones y relaciones entre ellos y los derechos y las garantías fundamentales de los integrantes del Estado.

Declaración: Texto solemne que proclama principios de suma importancia y de valor duradero. Aunque no tenga valor jurídico apremiante, puede ejercer una influencia como fuente de derecho reconocida unánimemente, como es el caso de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948.

Democracia representativa: Sistema de gobierno que se define por la participación del pueblo a través de sus representantes o mandatarios.

Derecho: Conjunto de principios y normas a que están sometidas las relaciones humanas en un Estado. Facultad de obrar según la voluntad propia, con las limitaciones de los derechos de otros o de las prohibiciones de la ley.

Derecho Internacional: Conjunto de normas que rigen las relaciones entre los Estados. Constituyen fuentes del Derecho Internacional Público los Tratados Internacionales, los Convenios y Acuerdos Internacionales.

Derechos civiles y políticos: Primera generación de derechos humanos, elaborada en los siglos XVII y XVIII con el fin de defender la libertad individual contra el poder del estado. Comprenden, entre otros, la igualdad ante la ley, seguridad, protección contra la arbitrariedad, propiedad, libertad de conciencia, de expresión y de opinión. Constituyeron una de las bases de las revoluciones liberales protagonizadas por la burguesía a lo largo de los siglos XVIII y XIX.

Derechos económicos, sociales y culturales: Garantías que se reconocen a toda la población de un Estado, fundadas en la creencia de que todas las personas, sin excepción, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y de igualdad de oportunidades. Constituyen la segunda generación de los derechos humanos, exigiendo determinadas prestaciones por parte del Estado (derecho al trabajo, la educación, la salud, a un mínimo de holgura material, a la cultura, etc.).

Derogación: Acto por el cual se deja sin efecto una norma jurídica.

Discriminación: Trato de inferioridad a una persona o colectividad, por motivos raciales, religiosos, políticos, etc., que tiene como consecuencia su marginación dentro de la sociedad. En términos constitucionales, se refiere a una desigualdad que, en caso de no fundarse en motivos objetivos y razonables, adquiere la calificación de arbitraria y puede ser denunciada.

Elite: Sector privilegiado o beneficiado social, cultural, económica o políticamente en relación con el resto de la sociedad.

Estado de derecho: Estado en el cual los individuos gozan del pleno ejercicio de las libertades fundamentales y los derechos cívicos, existiendo las garantías necesarias para que sean respetados.

Expropiación: Acto administrativo por el que se ordena el traspaso de un determinado bien desde el patrimonio privado al público por razones de utilidad pública o interés nacional, previo pago de la indemnización correspondiente.

Gobernar: Decidir acerca de la orientación política de una comunidad. En este sentido, se identifica el gobierno con la actividad estatal e incluye la actividad legislativa y la jurisdiccional.

Golpe de Estado: Control y toma del poder político del Estado por parte de una institución o grupo, al margen de la Constitución y las leyes vigentes.

Ideología: Conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, colectividad o época, de un movimiento cultural, religioso o político, etc.

Imprescriptible: Imposibilidad de extinguir un derecho por el transcurso del tiempo.

Inalienable: Derecho o bien que no se puede enajenar o transferir a otros.

Incompatibilidad: Imposibilidad legal de ejercer conjuntamente dos cargos o empleos públicos o remunerados por el Estado.

Inmunidad parlamentaria: Prerrogativa de los Senadores y Diputados que los exime de ser detenidos, salvo en caso de delito flagrante, procesados o juzgados sin autorización previa del Congreso o Senado.

Investidura: Designación o nombramiento legal del titular de un órgano o autoridad que ejerce una función pública.

Inviolabilidad: Prerrogativa de los parlamentarios que consiste en que no pueden ser objeto de acciones judiciales por opiniones o votos emitidos en el ejercicio de su función parlamentaria.

Jerarquía normativa: Principio del ordenamiento jurídico por medio del cual se ordenan las diferentes fuentes o tipos de normas que lo constituyen en un orden de importancia, partiendo desde la Constitución hasta las normas de rango inferior. De acuerdo con ello, una Ley tiene, por ejemplo, mayor jerarquía normativa que un Decreto.

Ley Orgánica: Tipo de norma legal establecida por la Constitución. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución (artículo 81.1). Su aprobación, modificación o derogación exigirá mayoría absoluta del Congreso.

Mayoría absoluta: Mitad más uno de los miembros que componen una institución.

Moción: Iniciativa legal que presentan los parlamentarios para su discusión y aprobación por parte de la Cámara.

Nación: Es aquella forma de comunidad humana en la cual reside la soberanía.

Oligarquía: Gobierno ejercido por un reducido grupo de personas que pertenecen a un estrato o clase social.

Ordenamiento jurídico: Conjunto de normas por medio de las cuales se ordena u organiza jurídicamente un Estado.

Partidos políticos: Asociaciones cuyo fi n es influir en el proceso del poder político institucionalizado, para lo cual se organizan y compiten por obtener la titularidad de los poderes públicos.

Personalidad jurídica: Ficción jurídica por la cual se atribuye a entes abstractos o agrupaciones de personas la cualidad de ser sujeto de derechos y obligaciones, a fi n de permitirles actuar en el ámbito jurídico como las personas naturales. Por ejemplo, una asociación o una empresa.

Potestad legislativa: Atribución que se otorga expresamente a organismos públicos para dictar leyes. La potestad legislativa del Estado la tienen las Cortes Generales.

Prevaricación: Delito cometido por los empleados públicos, dictando o proponiendo a sabiendas o por ignorancia inexcusable una resolución manifiestamente injusta.

Procedimiento: Conjunto de actos secuenciados y la forma de ejecutarlos con el fi n de conseguir un determinado fi n. Por ejemplo, el Procedimiento Penal incluye todos los trámites que hay que realizar para llevar a efecto la investigación de un hecho punible, la determinación del responsable, el dictado de sentencia y la ejecución de la misma.

Promulgación: Acto por el cual el Jefe de Estado certifica la autenticidad de una ley aprobada por las Cortes Generales y ordena cumplirla a partir del momento de su publicación.

Provincia: División político-administrativa del Estado correspondiente a la unidad intermedia entre la Comunidad autónoma y el municipio. Las provincias constituyen circunscripciones electorales y gozan de autonomía para la gestión de sus intereses a través de las Diputaciones.

Querella: Acción penal que se hace efectiva ante un juez o tribunal competente para que se investigue la comisión de un hecho punible, la determinación de sus responsables y su participación y la aplicación de la sanción que trae aparejada.

Quórum: Número exigido para que un órgano deliberante tome ciertos acuerdos, puede ser de concurrencia mínima de individuos a la sesión o votos requeridos para la aprobación del acuerdo.

Ratificación: Acto por el cual las Cortes o los ciudadanos otorgan su acuerdo con un tratado internaciones, una ley de especial importancia o una reforma constitucional propuesta, concretando de este modo su compromiso de vincularse jurídicamente a él y de defenderlo. Uno de los procedimientos de ratificación es el referéndum.

Régimen Republicano: Régimen de gobierno que consiste en que la Jefatura del Estado (Presidente de la República) reúne las características de temporalidad, elegibilidad y responsabilidad.

Sanción: Pena o castigo que se aplica por el incumplimiento de una norma o precepto (sanción penal). Un segundo significado es el de autorización o aprobación que se otorga a una norma jurídica (por ejemplo, sancionar una ley, cuya prerrogativa corresponde a la Corona).

Servicio Público: Se reconocen dos acepciones.
  • Orgánica: Órganos del Estado destinados a satisfacer necesidades públicas.
  • Funcional: Toda actividad orientada a la satisfacción de necesidades públicas ya sea el Estado el que las ejerza directamente a través de sus organismos o las encomiende a empresas particulares.

Soberanía:
Poder que goza de entera independencia política, lo que implica personalidad jurídica y patrimonio propios. Los Estados, por ejemplo, son entes con poder soberano delegado por la población que habita en ellos.

Soberanía Nacional: Poder supremo e ilimitado que reside en la Nación y se ejerce por medio de sus órganos constitucionales representativos.

Sufragio: Facultad de concurrir a la formación de la voluntad colectiva mediante la participación en la elección de la titularidad de un órgano público (elecciones) o en la aceptación de una propuesta dada (referéndum).

Sufragio universal: Derecho de sufragio otorgado a quienes cumplen el mínimo de condiciones exigibles para participar en los procesos de toma de decisiones políticas, entre las que se considera la mayoría de edad. El adjetivo “universal” implica la igualdad de todos los ciudadanos y ciudadanas, no pudiendo establecerse limitaciones por razones sociales, raciales, culturales o económicas.

Tributos: Cualquier carga impositiva que se establece a los ciudadanos dentro del Estado, con objeto de recaudar recursos que permitan al Estado hacer frente a su funcionamiento y actividades. Una modalidad de tributos son los impuestos.

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